Gracebell City

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Un ciudad con un don especial.


    DECRETO contra la población "especial"

    Naïve Kind
    Naïve Kind
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    Mensaje  Naïve Kind Vie Feb 12, 2010 11:17 am

    {En construcción}

    Artículo 1: Las personas que muestren algún "don" que las haga especiales, suponen una amenaza para el Estado. Por lo tanto, su derecho a la vida queda completamente anulado desde el momento que se compruebe el alcance de su peculiar habilidad.

    Artículo 2: En cuanto se descubra que un individuo dispone de algún poder, quedará bajo la responsabilidad del Gobierno. Perderá su apellido, siendo sustituido por "Fisher" (en honor a John Fisher, obispo de la iglesia católica que se opuso a enrique VIII y a la iglesia anglicana. Fue ejecutado).

    Artículo 3: Además de permanecer bajo la tutela de las Fuerzas de Seguridad del Estado, se procederá al encierro indefinido de la persona en el Hospital Psiquiátrico Bell. Allí, personal especializado realizará las pruebas necesarias para clasificar el grado de peligrosidad que posee el "don". Según el resultado de la prueba, podrá ocurrir:

    - Nivel 0: No supone peligro alguno. Será tratado como un enfermo mental más, con terapias y tratamiento que inhiba sus poderes.
    - Nivel 1: Supone el ingreso en el manicomio, sin posibilidad de salir, pero con derecho a visita por parte de sus familiares. Será sometido a mecadicación y a tratamiento con Electroshock.
    - Nivel 2: Cárcel. Sin posibilidad de visita y con tratamiento vejatorio.
    - Nivel 3: Exilio. En Gracebell no quieren saber nada de personas con dones. Si su poder no lo logra mantener entre las paredes de un manicomio o de la cárcel, será expulsado de la frontera e internado en campos de concentración ubicados a lo largo de Europa y que reúnen a individuos de condiciones similares.
    - Nivel 4: Ejecución.

    Artículo 4: Las personas que se relacionen con individuos "afectados" por esta "patología especial", serán considerados cómplices. Por lo tanto, es OBLIGADO comunicar al Gobierno la existencia de ese ciudadano o, de lo contrario, la Ley actuará en consecuencia.

    Artículo 5: Los "especiales" tienen prohibido engendrar descendencia. El aborto será inminente. En el caso de que el bebé nazca, se decidirá bajo Tribunal encabezado por el alcalde y el representante de la Iglesia Anglicana, el futuro del infante. Eso sí, al tratarse de una falta grave, sus padres serán aniquilados por incumplir la normativa.

    La administración

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